26 ago. 2025

Confirman reapertura de la causa contra el ex ministro Óscar Boidanich

El Tribunal de Apelación Penal, Cuarta Sala, confirmó la reapertura de la causa contra el ex ministro de Seprelad, Óscar Boidanich, y dos funcionarias, por supuesto lavado de dinero y frustración de la persecución penal.

El Tribunal de Apelación Penal, Cuarta Sala, confirmó la resolución del juez de Delitos Económicos, Rodrigo Estigarribia, que había ordenado la reapertura de la causa contra el ex ministro de la Secretaría de Prevención del Lavado de Dinero (Seprelad), Óscar Boidanich Ferreira, así como contra las funcionarias Raquel Cuevas Arzamendia y Melissa María del Mar Parodi, por los supuestos hechos punibles de lavado de dinero y frustración de la persecución y ejecución penal.

El fallo, dictado de forma unánime por los camaristas Paublino Escobar, Arnaldo Fleitas y Camilo Torres, ratifica lo resuelto el pasado 17 de junio por el juez Estigarribia. De esta forma, el proceso podrá continuar, luego de que los fiscales Jorge Arce, Francisco Cabrera, Fernando Meyer y Verónica Valdez solicitaran la reapertura de la causa, presentaran la acusación formal y requirieran la elevación del caso a juicio oral.

La resolución judicial también puso a disposición de las partes todas las actuaciones realizadas durante la etapa investigativa por un plazo de cinco días, y estableció como fecha para la audiencia preliminar el 7 de julio de 2025, a las 08:30 horas.

Sin embargo, esta audiencia quedó suspendida debido a la apelación presentada por la defensa de Boidanich. El abogado Claudio Lovera cuestionó la reapertura del caso, alegando que la decisión del juez carece de fundamentos claros sobre el cumplimiento de los requisitos procesales, lo que –según sostuvo– viola garantías constitucionales y disposiciones del Código Procesal Penal.

Pese a ello, los fiscales argumentaron que la solicitud de sobreseimiento provisional fue hecha originalmente por las propias partes, con el fin de realizar diligencias adicionales consideradas clave para esclarecer los hechos y fortalecer su teoría del caso. Una vez culminadas esas diligencias, el Ministerio Público concluyó que contaba con los elementos necesarios para formular acusación.

En su resolución, el Tribunal de Apelación aclaró que el juez actuó conforme a derecho al tener por presentada la acusación y fijar audiencia preliminar, en la que se deberá evaluar el contenido y fundamento de la acusación fiscal. Los camaristas señalaron que los eventuales agravios deberán ser planteados en esa instancia, de forma escrita u oral, conforme lo establece el CPP.

Con este fallo, queda firme la reapertura del caso y el juez Rodrigo Estigarribia podrá fijar una nueva fecha para la audiencia preliminar.

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